Ley General de Discapacidad
En la Ley General de Discapacidad (por sus siglas LGD y antigua LISMI), se establece que todas las empresas españolas, ya sean públicas o privadas, cuando la plantilla supere los 50 trabajadores, deben tener una cuota de al menos un 2% de la plantilla de personas con una discapacidad igual o superior al 33%.